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Tribunal de la Araucanía
SANDOVAL YAÑEZ con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL TEMUCO
Fecha: 09-12-2021 · Materia: Liquidación
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo contra liquidación de diferencias de IGC año 2018 por $645.810, dejando sin efecto la actuación al constatar que contribuyente registró correctamente créditos de primera categoría en su declaración de renta.
Luis Alberto Sandoval Yáñez, con giro en restaurant y venta de computadores, reclamó contra Liquidación N° 180405289 que determinó diferencias de Impuesto Global Complementario por $645.810 para año tributario 2018. El contribuyente estaba acogido a sistema de renta atribuida. SII observó la declaración con glosa G106 por inconsistencias en créditos de primera categoría, solicitó información mediante citación que no fue respondida, generando la liquidación. Posteriormente, al presentarse la declaración jurada N° 1923 junto a otras, SII aceptó llanamente el reclamo reconociendo conformidad de l
El Código Tributario permite reclamar de liquidaciones según artículos 124 y 132. La observación G106 se originó por falta de presentación oportuna de declaración jurada N° 1923, fuente única de verificación de renta líquida imponible en régimen de renta atribuida. Sin embargo, una vez presentados los antecedentes (declaración jurada N° 1923, balance tributario 8 columnas, determinación de renta líquida imponible), el SII verificó que el contribuyente registró correctamente en formulario 22 los créditos de primera categoría beneficiarios, concluyendo que no existían diferencias de IGC. El alla
Se acoge reclamo y se deja sin efecto Liquidación N° 180405289 de 20 de julio de 2021 que determinaba diferencias de Impuesto Global Complementario por $645.810, sin condena en costas a la reclamada por su allanamiento total.
Artículos citados:
IA con citas verificables · 11.247 fallos del Tribunal Tributario y Aduanero · 6.567 oficios, circulares y resoluciones del SII
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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