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Tribunal de la Araucanía
SERVICIOS AGRICOLAS PAULA TORRES GUTIERREZ EIRL. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL TEMUCO
Fecha: 09-12-2021 · Materia: Liquidación · Juez: Orlando Iván Cuevas Reyes
RECHAZA Confirmatorio No Ha Lugar
Empresa reclama liquidaciones de IVA y renta por períodos 2017-2019, alegando caducidad de la facultad fiscalizadora por vencimiento del plazo de seis meses establecido en Ley 18.320.
El Servicio de Impuestos Internos notificó fiscalización el 22 de mayo de 2019 e citó a la empresa mediante Citación 16 de 30 de agosto de 2019. La empresa no respondió oportunamente debido a que el contador Pedro Aguilera Arce registró un correo personal de su hija en el sistema del SII sin autorización, impidiendo que la gerencia tomara conocimiento de la auditoría. Posteriormente se descubrieron irregularidades: boletas de honorarios falsas, facturas no realizadas y libros contables extraviados. El nuevo equipo contable no pudo recopilar información para comprobar el pago de facturas cuesti
La reclamante alega caducidad de la facultad fiscalizadora conforme a la Ley 18.320. Sostiene que la empresa no actuó dolosamente, siendo víctima del empleado Aguilera Arce quien fraudulentamente incluyó facturas falsas para justificar salidas de caja. Argumenta que el SII fue notificado el 22 de mayo de 2019 de iniciar fiscalización en virtud de Ley 18.320 e incumplió el plazo fatal de seis meses del numeral 4° de esa ley para citar y liquidar diferencias. Plantea que la norma no distingue entre contribuyentes cumplidores e incumplidores para aplicar tal plazo, y que la excepción del numeral
El texto presentado corresponde únicamente a los antecedentes y fundamentos de la reclamación, sin incluir la parte resolutiva del fallo ni la decisión del tribunal.
Artículos citados:
IA con citas verificables · 11.247 fallos del Tribunal Tributario y Aduanero · 6.567 oficios, circulares y resoluciones del SII
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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