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Tribunal del Biobio
SEGURIVI LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XX DR CHILLAN
Fecha: 15-02-2022 · Materia: Liquidación
ACOGE Ha Lugar
Se acoge solicitud de término de gestión judicial conforme artículo 33 transitorio de Ley 21.210, verificándose cumplimiento de requisitos y levantándose acta que pone fin al procedimiento.
SEGURIVI LIMITADA presentó solicitud para acogerse al beneficio establecido en artículo 33 transitorio de Ley 21.210, que permite poner término a gestiones judiciales pendientes por reclamos de liquidaciones tributarias (liquidaciones N°s 9, 10 y 11 de 18 de marzo de 2019), reconociendo la deuda debidamente reajustada y obteniendo condonación total de intereses y multas. Acompañó copia de Resolución Ex. SII N° 33 de 3 de febrero de 2022 del Director Regional que accede al beneficio, así como depósito a la vista con monto de caución ofrecida.
El tribunal verifica que se han cumplido los requisitos formales establecidos en artículo 33 transitorio de Ley 21.210, incluyendo: la existencia de gestión judicial pendiente, presentación de solicitud dentro del plazo de 24 meses desde vigencia de la ley, resolución favorable del Servicio de Impuestos Internos dentro de 6 meses, acompañamiento de documentación requerida y rendición de caución por el contribuyente. Constatado lo anterior, se levanta acta que pone término a la causa, la que conforme a la ley tiene carácter de sentencia definitiva ejecutoriada.
Se levanta acta poniendo término a la gestión judicial pendiente, acta que constituye sentencia definitiva ejecutoriada conforme a Ley 21.210. Se ordena notificar por carta certificada a parte reclamante y publicar resolución en sitio internet del Tribunal para parte reclamada.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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