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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
INVERSIONES Y SERVICIOS CANELA LTDA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 24-02-2022 · Materia: Liquidación · Juez: Cristhian Eduardo Navarrete Cottet
PARCIAL Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamación de INVERSIONES Y SERVICIOS CANELA LTDA contra liquidación del SII, reconociendo pérdida tributaria de arrastre del AT 2013 y ordenando devolución parcial de PPUA, rechazando desagregación de patentes de agua y minería con impuesto único del artículo 21.
INVERSIONES Y SERVICIOS CANELA LTDA, continuadora de HIDROELÉCTRICA TOTORAL S.A. tras división de sociedad, presentó declaración de renta AT 2013 solicitando devolución de PPUA por $474.696.320 y declarando pérdida tributaria de $17.305.556.075. El SII realizó fiscalización que resultó en rectificatorias de renta de AT 2007-2011 reconociendo pérdidas. Posteriormente, el SII practicó Liquidación N°54-3 del 8 de mayo 2014, desconociendo la pérdida de arrastre y agregando partidas por derechos de agua, patentes mineras, arriendos y otros ingresos no operacionales, rechazando devolución de PPUA.
El tribunal analiza la doctrina de los actos propios, concluyendo que el SII conocía de la división societaria desde octubre 2012 y validó la pérdida tributaria de arrastre mediante rectificatorias que redujeron pérdidas de $17.305 millones a $14.743 millones, lo que genera derechos adquiridos. Determina que no se cumplen presupuestos del artículo 31 N°3 inciso 4° LIR para configurar cambio de propiedad que impida usar pérdidas. Analiza que derechos de agua y patentes mineras conforme artículos 129 bis Código de Aguas y 163 Código de Minería no se afectan a artículo 21 LIR, siendo erróneo desa
Se acoge parcialmente el reclamo. Se reconoce pérdida tributaria de $13.861.513.382 para AT 2013 y se ordena devolución de PPUA de $474.696.320 menos Impuesto Artículo 21 de $1.109.006. Se ordena reliquidación considerando solo arriendo de predios en base imponible de artículo 21 LIR. Cada parte paga sus costas.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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