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Tribunal de la Araucanía
EMPRESA DE TRANSPORTES ALBORNOZ Y BADILLA LTDA. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL TEMUCO
Fecha: 23-03-2022 · Materia: Liquidación
RECHAZA No Ha Lugar
Rechazo de reclamo de nulidad de liquidación por supuesta falta de notificación de citación previa. Se acreditó notificación válida por carta certificada conforme artículo 11 del Código Tributario.
Empresa de Transportes Albornoz y Badilla Ltda. reclama nulidad de Liquidación N°180405512 (AT 2018) que determina diferencias de impuesto de primera categoría por $3.830.894, alegando no haber sido notificada de Citación N°181311604 que la precede, argumentando que sus oficinas estaban cerradas por cuarentena COVID-19 y no recibieron carta certificada. El SII acredita envío por Correos de Chile al domicilio registrado (Arturo Prat 780, of.310, Temuco) en marzo 2021, siendo recibida por dependiente de sociedad relacionada.
El Tribunal resuelve que la notificación por carta certificada de la Citación se efectuó conforme artículos 11 y 13 del Código Tributario. El certificado de envío del SII y constancia de Correos de Chile acreditan entrega a dependiente en domicilio registrado. La presunción legal de notificación al tercer día hábil opera plenamente. Testimonios de empleados sobre cierre de oficinas no desvirtuyen que funcionario de sociedad relacionada recibió correspondencia. Liquidación contiene fundamentos suficientes y no adolece de vicios formales. No se acredita impedimento para recibir notificación ni p
No ha lugar al reclamo. Se confirma Liquidación N°180405512 de 20 julio 2021. Se condena en costas a la reclamante por carecer de motivo plausible para litigar.
Artículos citados:
IA con citas verificables · 11.247 fallos del Tribunal Tributario y Aduanero · 6.567 oficios, circulares y resoluciones del SII
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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