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Tribunal de la Araucanía
GUTIÉRREZ OLGUÍN con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL TEMUCO
Fecha: 25-05-2022 · Materia: Liquidación · Juez: Orlando Iván Cuevas Reyes
PARCIAL Confirmatorio Confirmatorio Ha Lugar en Parte
Contribuyente agricultor reclama liquidación que le cobra impuesto global complementario por retiro de bienes raíces y aporte a sociedad, argumentando que fue error contable y que no procede agravar diferencias de capital.
Carlos Adolfo Gutiérrez Olguín, agricultor, recibe Liquidación N°149 del SII de mayo 2021 por año tributario 2020. El SII agrega $790.892.253 a su base imponible del IGC, consistente en: (1) $731.714.676 por retiro en especies de cinco bienes raíces que disminuyeron su capital declarado, y (2) $59.177.577 por mayor valor en aporte de dominio pleno de predios agrícolas a la sociedad Agrícola El Rocío Limitada. El contribuyente sostiene que aportó directamente los bienes desde su empresa individual a la sociedad el 25 de noviembre de 2019, no los retiró a su patrimonio personal.
El tribunal analiza si la contabilización de los bienes inmuebles como disminución de capital es correcta. El contribuyente argumenta que se trata de un error contable, pues los bienes fueron aportados directamente a la sociedad el 25 de noviembre de 2019 y no retirados a su patrimonio personal. Sostiene que la corrección de errores contables es procedente cuando la contabilidad no refleja la intención real del contribuyente y que existe buena fe demostrada en su contabilidad y documentos. Además, alega que disminuciones de capital no están afectas a impuesto conforme al artículo 17 número 7 d
El fallo no aparece en el texto proporcionado, el cual corresponde a la presentación de argumentos del reclamante ante el tribunal tributario.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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