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Tribunal R. Metropolitana. Tercero
MAESTRANZA H G SPA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XVI DR SANTIAGO SUR
Fecha: 30-05-2022 · Materia: Resolución · Juez: Dora Luisa Bastía Santander
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de Maestranza H&G por denegación de devolución de PPM y PPUA del AT 2015 al no acreditar la pérdida tributaria con documentación suficiente durante fiscalización.
Maestranza H&G SpA solicitó devolución de Pagos Provisionales Mensuales (PPM) por $15.387.500 y Pago Provisional por Utilidades Absorbidas (PPUA) por $8.957.559 del AT 2015, alegando pérdida tributaria. El SII notificó requerimiento de documentación el 01.07.2015 para verificar la procedencia de la devolución. La empresa no concurrió a la cita del 03.08.2015 pero presentó rectificación el 14.09.2015 aumentando el monto a $26.001.680, adjuntando solo parcialmente la documentación requerida. El SII rechazó la solicitud por falta de acreditación fehaciente de los gastos y la pérdida.
El tribunal reconoce que conforme al artículo 21 del Código Tributario, el contribuyente debe probar la exactitud de su declaración con contabilidad fidedigna. Los gastos deducibles requieren acreditación fehaciente ante el Servicio, cumplimiento de los requisitos del artículo 31 de la LIR y relación directa con la generación de renta. Constata que la reclamante no aportó durante la fiscalización los documentos sustentatorios de gastos ni acreditó su pérdida tributaria. La rectificación de septiembre 2015 también careció de justificación escrita para los nuevos montos. El tribunal estima que n
Tribunal rechaza el reclamo y confirma íntegramente la Resolución EX. DFI.16.01 N° 433 de 03.05.2016 que denegó la devolución solicitada. No condena en costas por existencia de motivo plausible para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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