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Tribunal R. Metropolitana. Segundo
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL STGO PONIENTE con Sociedad Comercializadora Ciudad Spa
Fecha: 09-06-2022 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Óscar Meriño Maturana
ACOGE Ha Lugar
Se condena a Sociedad Comercializadora Ciudad SpA por registrar y declarar créditos fiscales amparados en facturas ideológicamente falsas, imponiéndose multa por fraude tributario.
La contribuyente registró en sus Registros de Compra y declaró en Formularios 29, durante los períodos noviembre y diciembre de 2018 y febrero de 2019, un total de 94 facturas electrónicas emitidas por Comercial Juan Carlos Espinoza Morales EIRL (58 documentos por $37.376.821) y Constructora y Comercial Felipe Andrés Canales Villanueva EIRL (36 documentos por $20.395.103), que fueron determinadas como ideológicamente falsas. El perjuicio fiscal total ascendió a $57.771.924 en concepto de IVA Crédito Fiscal. Las facturas provenían de contribuyentes vinculados a una red de fraude coordinada por
El Tribunal concluyó que la denunciada actuó dolosamente al registrar y declarar créditos fiscales que no le correspondían, sin respaldo real en operaciones efectivas. Se acreditó que las maniobras constituyen conducta maliciosa tendiente a aumentar el verdadero monto de créditos fiscales. El Tribunal rechazó considerar como agravantes el conocimiento del deber legal, el perjuicio fiscal y la circunstancia del artículo 111 por resultar inherentes al tipo penal. Se consideraron atenuantes la ausencia de reincidencia y la falta de comparecencia que facilitó esclarecer los hechos. Se aplicó el 10
Se confirmó el Acta de Denuncia N°2 de 15 de febrero de 2022 y se impuso a la contribuyente una multa de $57.771.924, equivalente al 100% de lo defraudado, conforme a lo dispuesto en el artículo 97 N°4 inciso 2° del Código Tributario.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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