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Tribunal R. Metropolitana. Segundo
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL STGO PONIENTE con Comercial María Soledad Ormazábal Garrido EIRL
Fecha: 16-06-2022 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Óscar Meriño Maturana
ACOGE Ha Lugar
Tribunal confirma Acta de Denuncia por uso de facturas ideológicamente falsas para obtener créditos fiscales indebidos y condena a multa de $18.643.018 por infracción al artículo 97 N°4 inciso 2° del CT.
Comercial María Soledad Ormazábal Garrido EIRL registró en sus libros de compra 40 facturas electrónicas ideológicamente falsas emitidas por Comercial Juan Carlos Espinoza Morales EIRL y Constructora y Comercial Felipe Andrés Canales Villanueva EIRL durante periodos noviembre 2018 a febrero 2019, por créditos fiscales totales de $18.643.018. Las empresas emisoras formaban parte de un esquema fraudulento administrado por Pablo Hernández Cerda, carecían de operaciones reales, registraban domicilios residenciales como comerciales y sus representantes negaron participación en tales operaciones. La
El Tribunal confirmó que se configura el delito tipificado en artículo 97 N°4 inciso 2° CT, requiriendo: maniobras tendientes a aumentar créditos fiscales, que éstas sean maliciosas y documentos falsos. Se acreditó que la denunciada actuó con dolo al registrar y declarar IVA sin respaldo real, facilitado por facturas emitidas por contribuyentes relacionados a red fraudulenta de Hernández. Para fijar sanción, se consideraron atenuantes de inexistencia de reincidencia y falta de comparecencia que facilitó esclarecimiento. Se rechazó aplicación de agravantes del artículo 111 CT por ser documentac
Se confirma Acta de Denuncia y se aplica multa de $18.643.018 equivalente al 100% de lo defraudado, conforme artículo 97 N°4 inciso 2° CT. El Director Regional deberá emitir giro de la multa una vez ejecutoriada la sentencia.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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