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Tribunal de la Araucanía
RIADI HAZBUN con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS IX DR TEMUCO
Fecha: 01-03-2013 · Materia: Liquidación
RECHAZA Confirmatorio Confirmatorio No Ha Lugar
Rechaza reclamo contra liquidaciones de IVA e Impuesto a la Renta por uso de crédito fiscal sin documentación fidedigna que acredite efectividad material de operaciones de compra de madera.
Farid Riadi Hazbún, contribuyente forestal, fue fiscalizado por el SII en períodos septiembre 2010 a septiembre 2011. Se emitió Citación N°9 cuestionando facturas de proveedores por falta de documentación de respaldo. El contribuyente alegó que las facturas cumplían requisitos legales y acompañó antecedentes en respuesta a la citación. El SII emitió Liquidaciones N°75 a 88 rechazando crédito fiscal del IVA y costos de adquisiciones por estimar las facturas no fidedignas, determinando diferencias en IVA para períodos señalados e Impuesto a la Renta para 2011.
El tribunal confirma que no basta que las facturas cumplan requisitos formales de registro y timbraje del SII para garantizar legalidad y derecho al crédito fiscal. Se requiere acreditar efectividad material de las operaciones. Las facturas impugnadas contienen irregularidades materiales: domicilios de recepción inconsistentes (calle Faraday N°2241, arrendado a tercero desde febrero 2010), falta de acuse de recibo, ausencia de documentación de traslado y origen de maderas. Testimonio de fiscalizador constató que madera nativa de raulí no era usada en fabricación de pallets (que usaban pino). L
Se rechaza el reclamo tributario. Se confirman las Liquidaciones N°75 a 88 por diferencias de IVA de períodos septiembre, octubre, diciembre 2010 y enero a septiembre 2011, e Impuesto a la Renta año 2011. Se condena en costas al reclamante por falta de motivos plausibles para litigar.
Artículos citados:
IA con citas verificables · 11.247 fallos del Tribunal Tributario y Aduanero · 6.567 oficios, circulares y resoluciones del SII
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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