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Tribunal R. Metropolitana. Tercero
HEREDIA CAPITAL S.A con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XVI DR SANTIAGO SUR
Fecha: 29-07-2022 · Materia: Resolución
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de Heredia Capital S.A. contra denegación de devolución de $60.608.639 por Pagos Provisionales por Utilidades Absorbidas, confirmando Resolución SII N°407/2016 por aporte insuficiente de documentación.
Heredia Capital S.A. presentó declaración de renta AT 2015 solicitando devolución de $60.608.639 por concepto de Pagos Provisionales por Utilidades Absorbidas. El SII observó la declaración mediante controles F77 y Q03, requiriendo antecedentes en tres ocasiones (01.07.2015, 20.10.2015 y 02.12.2015). La contribuyente aportó documentación parcial. El SII determinó que no se acreditaron los gastos deducidos de la RLI conforme a requisitos legales, rechazando la devolución mediante Res. Ex. N°407 de 28.04.2016. La reclamante dedujo RAV aportando documentos adicionales, pero fue rechazada por Res.
El tribunal establece que corresponde al contribuyente acreditar cumplir con presupuestos legales para obtener devoluciones, conforme artículos 21 CT y 1698 CC. El acto administrativo goza de presunción de legalidad, imperio y exigibilidad. El SII respetó íntegramente las etapas del procedimiento administrativo, exponiendo antecedentes de hecho, derecho, prueba y conclusiones en la resolución reclamada. La contribuyente no desvirtuó el contenido del acto ni acreditó perjuicio en su emisión. El tribunal verifica que el SII se ajustó a derecho en la revisión de la petición de devolución, constat
Se rechaza el reclamo y se confirma íntegramente la Resolución Exenta N°407 de 28.04.2016 del SII. No se condena en costas a la parte reclamante por estimar el tribunal que ha tenido motivos plausibles para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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