Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal R. Metropolitana. Tercero
INGENIERÍA Y TRANSPORTES EOLO LTDA. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 29-09-2022 · Materia: Resolución
RECHAZA No Ha Lugar Revocatorio
Se rechaza reclamo de Ingeniería y Transportes EOLO contra negativa del SII de devolver saldo a favor de PPM ($6.177.540) en AT 2013, por falta de probanzas idóneas en etapa administrativa y por no cuestionar ilegalidades en la resolución reclamada.
La sociedad Ingeniería y Transportes EOLO Limitada presentó declaración de renta AT 2013 solicitando devolución de $6.177.540 por exceso de Pagos Provisionales Mensuales (PPM) sobre el impuesto determinado. El SII emitió Resolución Exenta N° 115103000521 de 28.01.2016 declarando improcedente la devolución, citando que la declaración presentaba observaciones F23 y F53 tras detectar diferencias en revisión. La empresa reclamó ante el Tribunal Tributario argumentando falta de fundamentación de la resolución y derecho a devolución conforme artículos 96 y 97 de la LIR.
El Tribunal constata que la resolución del SII goza de presunción de legalidad como acto administrativo. Aunque reconoce que toda resolución debe estar fundamentada, establece que corresponde al contribuyente probar lo declarado conforme al sistema de autodeterminación tributaria. Releva que la reclamante no presentó probanzas suficientes en sede administrativa para sustentar la devolución solicitada. Enfatiza que la jurisdicción tributaria no es una segunda revisión de antecedentes y que el contribuyente no puede presentar en sede judicial documentos que no explicó oportunamente ante el SII.
Se rechaza el reclamo y se confirma la Resolución Exenta N° 115103000521 de 28.01.2016 en todas sus partes. Se declara que no procede condenar en costas por existir motivos plausibles para litigar.
Artículos citados:
Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.
Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
Selecciona Oficios, Circulares o Resoluciones en la barra lateral y luego un documento para ver su contenido completo.
Cubre 4.031 oficios + 830 circulares + 1.687 resoluciones del SII (2013-2026). Filtra por año o busca en materia, criterio y texto completo.