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Tribunal de Coquimbo
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL LA SERENA con FERNANDEZ DE LA PEÑA COLLADO
Fecha: 09-11-2022 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: César Manuel Verdugo Reyes
PARCIAL Ha Lugar en Parte
Tribunal condena a contribuyente por usar factura ideológicamente falsa para aumentar crédito fiscal de IVA, aplicando multa del 100% de lo defraudado conforme art. 97 N°4 CT.
Domingo Fernández de la Peña Collado adquirió factura electrónica N° 541 del 31.01.2018 emitida por Centro de Negocios SYC SPA por $18.742.500, pagando al emisor el 50% del IVA como crédito fiscal. Registró esta factura en su declaración de IVA del período enero 2018 para aumentar indebidamente su crédito fiscal y disminuir su débito tributario. El representante legal del emisor reconoció en declaración jurada que la factura era falsa y que el denunciado necesitaba facturas por montos superiores al real. El denunciado también reconoció en declaración jurada haber comprado la factura expresamen
El tribunal establece que quedó acreditada la falsedad ideológica de la factura mediante: (1) el reconocimiento del emisor de que facilitaba IVA crédito fiscal mediante facturas falsas; (2) la declaración jurada del denunciado reconociendo la compra de la factura con propósito de pagar menos impuesto; (3) la inexistencia de operación comercial real que respaldara el documento. Se configura el dolo requerido por el artículo 97 N°4 inciso segundo del CT, pues la conducta fue consciente y destinada a burlar el impuesto. El tribunal rechaza la excepción de cosa juzgada, distinguiendo entre el proc
Tribunal da lugar parcialmente a la denuncia respecto de la factura N° 541 de 31.01.2018. Aplica multa de $2.992.500, equivalente al 100% de lo defraudado, rechazando los descargos. Rechaza la denuncia respecto de la factura N° 495 de octubre 2017 por insuficiencia de prueba.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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