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Tribunal de Valparaiso
MUÑOZ BUSTOS con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL VALPARAISO
Fecha: 15-11-2022 · Materia: Giro
RECHAZA No Ha Lugar Revocatorio
Tribunal rechaza reclamo por prescripción de multas por presentación extemporánea de declaraciones de renta. La infracción se cometió al presentar las declaraciones con retardo (08.09.2020), iniciando el cómputo de prescripción desde esa fecha.
El contribuyente Jaime Heber Muñoz Bustos no presentó sus declaraciones de renta (F.22) dentro del plazo legal (hasta 30 de abril de cada año) para los años tributarios 2014, 2015, 2016 y 2017. El 14.08.2020 presentó un formulario 2117 solicitando regularizar su situación tributaria, presentando las declaraciones atrasadas el 08.09.2020. El SII emitió cuatro giros (folios 49180414, 49197795, 49194926 y 49207367) por multa de una UTA cada uno ($603.864), posteriormente condonados a $241.546 cada uno. El contribuyente reclamó alegando prescripción de la acción sancionatoria conforme al artículo
El tribunal determina que la infracción configurada es la del artículo 97 N°2 inciso final del CT (retardo en presentación de declaraciones que no implican pago inmediato). Analiza que el término "retardo" significa demora o tardanza según su sentido natural. Concluye que la infracción se comete cuando el contribuyente efectivamente presenta las declaraciones con retraso y estas son procesadas por el SII, momento desde el cual inicia el cómputo del plazo de prescripción de tres años. En este caso, ese hito fue el 08.09.2020, por lo que la prescripción vencería el 08.09.2025. Rechaza la interpr
Se rechaza el reclamo y se mantienen a firme los giros cuestionados. No se condena en costas al reclamante vencido por estimar que tuvo motivo plausible para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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