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Tribunal Atacama
COMPANIA MINERA MANTOS DE ORO con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCIÓN REGIONAL COPIAPO
Fecha: 15-12-2022 · Materia: Resolución · Juez: Lorenzo Fabian Mena Acosta
PARCIAL Ha Lugar en Parte
Tribunal rechaza reclamación de minera contra resolución del SII que rechazó deducción de USD$16.750.000 por garantía de cierre ambiental, por aplicar erróneamente vida útil total en lugar de remanente establecido por Sernageomin.
Compañía Minera Mantos de Oro dedujo USD$16.750.000 como gasto por garantía de cierre ambiental de la mina La Coipa en su declaración de impuesto a la renta del año 2018. El SII rechazó esta deducción mediante Resolución N°94 de 2020, fijando nueva pérdida tributaria de USD$17.696.191,98. La actora reclamó alegando que la vida útil debía calcularse desde 1991 (inicio de operaciones) hasta 2019, no solo los 5 años remanentes desde 2015 establecidos por Sernageomin en su Resolución N°2875 de 2015.
El Tribunal establece que para faenas mineras anteriores a la Ley N°20.551, debe considerarse la vida útil determinada por Sernageomin en el Plan de Cierre aprobado, no la vida útil histórica total alegada por la actora. La garantía de USD$67 millones fue constituida según los 5 años de vida útil fijados en 2015, período sobre el cual se calcularon los costos de cierre. El último tercio de 5 años corresponde a 1,66 años (años 2018-2019). Aplicar la vida útil total desde 1991 resultaría en deducción de 25% en un año, violando el artículo 58 de la Ley N°20.551 que exige división por años del últ
Se rechaza la reclamación presentada por Compañía Minera Mantos de Oro contra la Resolución N°94 del SII, confirmándose que la deducción de USD$16.750.000 debe ser rechazada por no ajustarse al artículo 58 de la Ley N°20.551.
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