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Tribunal Atacama
AREVALO ALONSO con SII-Dirección Regional de Atacama
Fecha: 29-11-2019 · Materia: Resolución · Juez: Lorenzo Fabian Mena Acosta
RECHAZA Ha Lugar Modificatorio No Ha Lugar
Tribunal acoge reclamación y anula Resolución N°170900019 que rechazaba devolución de $15.596.744 por vicio de falta de notificación legal del requerimiento de antecedentes, infringiendo debido proceso.
Jorge Rogelio Arévalo Alonso solicitó devolución de $15.596.744 en su declaración de impuestos 2017, conformado por créditos de Primera Categoría y otros créditos. El SII rechazó la solicitud mediante Resolución N°170900019 del 27 de noviembre de 2017, alegando falta de aporte de documentación requerida mediante Notificación N°170100034 del 26 de julio de 2017. El contribuyente alegó no haber sido debidamente notificado de dicho requerimiento, pese a que acompañó documentación posteriormente.
El tribunal constató que la Notificación N°170100034 no fue legalmente notificada al contribuyente: el certificado de la funcionaria del SII no indicaba número de envío de la carta certificada, impidiendo acreditar el envío efectivo. Tampoco se acreditó notificación por correo electrónico, que además requería solicitud previa del contribuyente. Esta omisión configuró vicio esencial e infracción al debido proceso constitucional (artículo 19 N°3 CPR), pues privó al contribuyente de la oportunidad de ser oído en el procedimiento administrativo. El SII utilizó precisamente la falta de antecedentes
Se acoge el reclamo. Se deja sin efecto Resolución N°170900019. Se ordena devolver $15.596.744 más reajustes conforme artículo 57 CT. Se aclara que no afecta facultades fiscalizadoras del SII dentro de plazos de prescripción, salvo sobre solicitud de devolución. Se rechaza condena en costas.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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