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Tribunal R. Metropolitana. Tercero
INVERSIONES LAGO COLICO LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 02-02-2023 · Materia: Resolución · Juez: Álvaro Ernesto Gómez Fuentes
ACOGE Ha Lugar
Se acoge reclamo de contribuyente contra sobretasa de impuesto territorial del 100% por considerar el predio como sitio no edificado, al constatar que existe construcción en ejecución con permiso municipal vigente.
Inversiones Lago Colico Limitada es propietaria de un inmueble ubicado en calle Las Cujas N° 9801, Lote N° 17, Rol 3625-14, comuna de Vitacura. El SII aplicó sobretasa del 100% al impuesto territorial considerando el sitio como no edificado. La reclamante presentó Formulario 2118 el 08.07.2016 solicitando eliminar la sobretasa, argumentando que existe una vivienda unifamiliar construida con permiso de edificación N° 61/2008 vigente. El SII rechazó la solicitud mediante ORD. DAV 15.001 N° 4 del 05.01.2017, argumentando que solo existían construcciones provisorias de cuidadores sin terminaciones
El tribunal establece que conforme a la Ley N° 17.235 y Circular N° 60 del 2008 del SII, la sobretasa no procede cuando existe una edificación terminada o proyecto en ejecución con permiso municipal. Define sitio edificado como aquel donde existe edificio terminado o en construcción. Verifica que consta permiso de edificación vigente (confirmado por Ordinario DOM N° 1938 del 16.12.2016), facturas de obras y actas notariales que acreditan construcción en ejecución. Concluye que el inmueble cumple la causal de exclusión de sobretasa por ser sitio en construcción con permiso vigente, conforme a l
Se acoge el reclamo. Se deja sin efecto el ORD DAV N° 15.001 N° 4 del 05.01.2017. Se declara que no hay condena en costas por existir motivo plausible para litigar.
Artículos citados:
IA con citas verificables · 11.247 fallos del Tribunal Tributario y Aduanero · 6.567 oficios, circulares y resoluciones del SII
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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