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Tribunal de Coquimbo
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL LA SERENA con S. PROFESIONAL DE COMUNICACIÓN E INFORMÁTICA LTDA
Fecha: 06-02-2023 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: César Manuel Verdugo Reyes
ACOGE Ha Lugar
Tribunal confirma denuncia por uso malicioso de facturas ideológicamente falsas para aumentar crédito fiscal de IVA, imponiendo multa equivalente al 100% del perjuicio fiscal.
La empresa SOCIEDAD PROFESIONAL DE COMUNICACIÓN E INFORMÁTICA LTDA. incorporó dos facturas ideológicamente falsas emitidas por CENTRO DE NEGOCIOS SYC S.P.A. en sus declaraciones de impuesto al valor agregado de noviembre 2017 y enero 2018. Las facturas N° 515 (30.11.2017) y N° 540 (31.01.2018) fueron utilizadas para imputar crédito fiscal falso contra débitos tributarios, disminuyendo indebidamente su carga de IVA. El representante legal Fidias López Contreras reconoció en declaración jurada que sabía que eran facturas que no correspondían y que se estaba rebajando IVA. El perjuicio fiscal asc
El tribunal establece que para confirmar la denuncia debe acreditarse la conducta objetiva de aumentar créditos fiscales falsamente y el elemento subjetivo de malicia (dolo). Se probó mediante declaraciones juradas que las operaciones nunca existieron. El representante legal reconoció conocer que las facturas eran falsas y que su propósito era rebajar IVA, demostrando la intención dolosa de defraudar al Fisco. El tribunal aplica la circunstancia atenuante del artículo 107 N° 6 del Código Tributario por cooperación al esclarecer su situación, considerando las rectificaciones efectuadas y el pag
Se confirma el acta de denuncia por infracción del artículo 97 N° 4 inciso segundo del Código Tributario. Se aplica multa de $6.232.000 (100% del perjuicio fiscal) a la empresa y su representante legal es declarado solidariamente responsable.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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