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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
SOCIEDAD DE INVERSIONES SAN FABIAN SPA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL STGO NORTE
Fecha: 05-04-2023 · Materia: Artículo 19 Nº 24 CPR · Juez: María Francisca Villamán Rodríguez
PARCIAL Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamo por vulneración de derecho de propiedad por cobro improcedente de sobretasa territorial, ordena al SII comunicar a TGR sobre giros anulados, pero rechaza alzamiento de embargo por incompetencia.
Sociedad de Inversiones San Fabian SpA reclama por cobro indebido de $8.316.833 por sobretasa del artículo 7 bis de la Ley 17.235. El SII consideró inmuebles ya enajenados al 31/12/2019 en la base imponible. La reclamante solicitó corrección en mayo 2020, SII acogió mediante Ordinario 213 de junio 2020 pero solo eliminó parcialmente bienes. Se embargó inmueble de la actora. En junio 2022 SII emitió giros de reemplazo por montos menores, pero embargo persistía.
El tribunal reconoce vulneración del derecho de propiedad por la indebida afectación patrimonial del embargo basado en giros incorrectos. Aunque el SII posteriormente corrigió los giros, la vulneración se mantuvo vigente hasta la sentencia. El incumplimiento del deber de comunicación entre SII y TGR agravó la situación. Sin embargo, el procedimiento de reclamo por vulneración de derechos no es competente para ordenar alzamiento de embargo, materia propia de procedimiento de cobro ejecutivo. El tribunal ordena providencias para restablecer el imperio del derecho dentro de su competencia.
Se acoge parcialmente el reclamo. Se ordena al SII oficiar a la Tesorería General de la República informando sobre los giros de reemplazo para que considere el alzamiento del embargo. Se rechaza solicitud de alzamiento directo por incompetencia del tribunal. Cada parte paga sus costas.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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