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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
MERCOMEX SA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL STGO NORTE
Fecha: 27-09-2024 · Materia: Artículo 19 Nº 24 CPR · Juez: Cristhian Eduardo Navarrete Cottet
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo por vulneración de derechos de MERCOMEX S.A. respecto a retención de devolución de PPM por el SII, sosteniendo que la administración estaba facultada para retener la devolución mientras subsistían observaciones pendientes de subsanación.
MERCOMEX S.A., empresa de transporte de carga, presentó Declaración de Impuesto a la Renta para el año tributario 2022 el 3 de mayo de 2022, solicitando devolución de Pagos Provisionales Mensuales (PPM) por $163.741.238. El SII emitió observaciones A62, F51 y J01 el 5 de octubre de 2022, reteniendo la devolución. La observación A62 se originó en la omisión de presentar la Declaración Jurada N°1837, presentada extemporáneamente el 18 de mayo de 2022 con montos que no coincidían. La reclamante cuestiona la retención como vulneratoria de derechos constitucionales y tributarios.
El Tribunal considera que la retención de la devolución fue legal porque la empresa presentó la Declaración de Impuesto a la Renta con deficiencias, incluyendo la omisión de la Declaración Jurada 1837, cuya presentación extemporánea y con montos discordantes requería verificación. El SII estaba facultado para retener la devolución conforme al artículo 96 de la LIR, que exige cotejar PPM pagados con el impuesto adeudado, lo que no podía realizarse mientras subsistían observaciones pendientes de subsanación. Las observaciones no constituyen actos administrativos vulnerables mediante reclamo de d
Se rechaza el reclamo por vulneración de derechos interpuesto por MERCOMEX S.A. en contra de la XIX Dirección Regional Santiago Norte del Servicio de Impuestos Internos. Cada parte pagará sus propias costas.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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