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Tribunal R. Metropolitana. Primero
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL STGO SUR con AHUMADA MACHUCA
Fecha: 28-04-2023 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal condena a contribuyente por registrar y declarar facturas falsas para aumentar indebidamente crédito fiscal de IVA, causando perjuicio al fisco de $13.664.811.
Melitón de Jesús Ahumada Machuca registró y declaró IVA crédito fiscal amparado en 35 facturas electrónicas ideológicamente falsas, emitidas por 15 sociedades emisoras entre diciembre 2017 y julio 2019. Las operaciones nunca se realizaron. El denunciado, actuando con su contadora María Cecilia Abarca Sánchez, utilizó estas facturas falsas para aumentar indebidamente sus créditos fiscales, reduciendo su carga tributaria. En declaración jurada reconoció haber solicitado ayuda a su contadora para pagar menos impuestos mediante la búsqueda de facturas.
El tribunal estableció que el artículo 97 N°4 inciso segundo del Código Tributario exige que la conducta sea maliciosa, diferenciándose del artículo 97 N°3 que no requiere este elemento subjetivo. La malicia se acreditó mediante: (1) registro sistemático y reiterado de facturas falsas en períodos consecutivos; (2) aumento indebido del crédito fiscal sin acreditar efectividad de operaciones; (3) el propósito preconcebido de eludir impuestos reconocido por el propio denunciado; (4) documentación que demuestra la falsedad ideológica de las facturas y la vinculación con sociedades ficticias. El co
Se acogió el Acta de Denuncia N°3. Se condenó al denunciado a multa de $13.664.811 (equivalente al 100% del perjuicio fiscal causado) por infracción al artículo 97 N°4 inciso segundo del Código Tributario. Multa a actualizar conforme artículo 53 CT. Se ordenó emisión de giro ejecutoriada la sentencia.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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