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Tribunal Tarapacá
CARRASCO TORRICO con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION NACIONAL y otro
Fecha: 04-05-2023 · Materia: Liquidación · Juez: Mario Segundo Guzmán Cortés
ACOGE Ha Lugar
Se acoge reclamo por nulidad de liquidaciones tributarias N° 42 y 43 por falta de motivación y fundamento del acto administrativo, sin pronunciarse sobre el fondo.
Mery Carrasco Torrico fue fiscalizada por el SII en programa de gasto. Se requerían antecedentes de gastos por montos de $127.870.000 y $99.905.000 de dos proveedores, alegando falta de acreditación conforme artículo 23° N°5 del DL 825. Pese a presentar facturas electrónicas, el SII emitió liquidaciones N° 42 y 43 del 21 de octubre 2022, rechazando los gastos por falta de acreditación fehaciente del pago, determinando base imponible de $260.928.470.
El tribunal constata que las liquidaciones contienen descripción de antecedentes y cita normativa, pero no desarrollan de manera acabada las circunstancias de hecho que sustentan el rechazo de gastos, resultando vagas e imprecisas. El SII reconoce en su contestación que las razones expuestas son insuficientes para comprender el razonamiento de la Administración, allanándose a las alegaciones del reclamante respecto a falta de motivación. La motivación es requisito esencial del acto administrativo conforme Ley 19.880 artículo 41° inciso 4° y Código Tributario artículo 8° bis N°4. Su ausencia im
Se acoge reclamo declarando nulas las liquidaciones N° 42 y 43 por falta de motivación o fundamento. Sin costas. Se reserva facultad del SII de liquidar nuevamente si no está prescrita la acción, sin pronunciamiento sobre el fondo.
Artículos citados:
IA con citas verificables · 11.247 fallos del Tribunal Tributario y Aduanero · 6.567 oficios, circulares y resoluciones del SII
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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