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Tribunal R. Metropolitana. Primero
COHEN COHEN y otro con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL STGO CENTRO
Fecha: 15-09-2023 · Materia: Resolución · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
ACOGE Ha Lugar
Se acoger reclamo por nulidad de resolución que modificó avalúo fiscal sin fundamentación debida, por error informático del SII que omitió campos de justificación.
Los contribuyentes son propietarios de inmueble ubicado en Avenida Guillermo Mann 9805-901, Ñuñoa, rol 6501-9. El SII emitió Resolución A13.2023.00020825 de 19 de abril de 2023 que modificó el avalúo fiscal desde $3.304.739.733 a $7.088.582.877 con vigencia retroactiva desde 1º de enero de 2022. El aumentó fue de 115% respecto del avalúo anterior. Los reclamantes alegaron falta de fundamentación, ausencia de justificación fáctica y jurídica, y aplicación incorrecta del beneficio de alza gradual.
El Tribunal consideró que el artículo 132 del Código Tributario, modificado por Ley 21.210, permite al SII aceptar llanamente la pretensión contraria cuando los argumentos presentados desvirtúan el acto impugnado. El SII reconoció que debido a un error informático, la resolución fue emitida sin los debidos antecedentes, ya que el sistema no cargó completamente los campos destinados a fundamentos necesarios para su inteligencia. El SII aceptó la nulidad invocada. El Tribunal determinó que existía vicio de invalidez por falta de fundamentación, confirmando que todo acto administrativo debe expre
Se acogió el reclamo y se declaró la nulidad de Resolución Ex. SII NºA13.2023.00020825 de 19 de abril de 2023, dejándola sin efecto en todos sus términos. El SII fue eximido de pago de costas. Se ordenó que la Directora Regional proceda a dejar sin efecto la resolución y los actos en que incida.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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