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Tribunal R. Metropolitana. Primero
MUTUAL DE SEGURIDAD DE LA CAMARA CHILENA DE LA CO con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL STGO CENTRO
Fecha: 29-09-2023 · Materia: Resolución; Tasación general bien raíz no agrícola
PARCIAL Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamo de Mutual de Seguridad contra SII, reconociendo su calidad de institución de socorros mutuos y otorgando exención de impuesto territorial a 12 inmuebles conforme Ley 17.235.
Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción solicitó exención de impuesto territorial para 15 inmuebles ubicados en Santiago, argumentando ser institución de socorros mutuos sin fines de lucro. El SII rechazó la solicitud mediante Resolución 811 de 23.07.2020, argumentando que la Mutual constituye institución de previsión social y que los inmuebles no serían sedes sociales por prestarse servicios a terceros. La Mutual reclamó tributariamente en noviembre de 2020.
El Tribunal concluyó que la Mutual de Seguridad cumple los requisitos legales para acceder a la exención del Párrafo I Letra C) N°8 del Cuadro Anexo de la Ley 17.235: es institución de socorros mutuos (reconocido por Contraloría y SUSESO), cuenta con personalidad jurídica, los inmuebles están destinados al servicio de sus miembros y no producen renta por actividades distintas a su objeto social. El Tribunal rechazó la interpretación restrictiva del SII, considerando que las exenciones de naturaleza real favorecen los bienes mientras cumplan condiciones legales, sin distinciones que la ley no h
Se acoge parcialmente el reclamo dejando sin efecto la Resolución 811 para 12 inmuebles, reconociéndoles la exención de impuesto territorial conforme Ley 17.235. Se rechaza devolución desde 2017, ordenando restitución solo desde 01.01.2020 hasta ejecutoria del fallo. Se condena en costas al SII.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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