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Tribunal de la Araucanía
TRANSPORTES FERNANDO FERNANDEZ EIRL con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL TEMUCO
Fecha: 17-10-2023 · Materia: Liquidación
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo de contribuyente transportista contra liquidación por subdeclaración de ingresos 2017, al no acreditar el contribuyente sus argumentaciones sobre gastos rechazados y mantener presentación sin movimiento inconsistente con formularios 29.
TRANSPORTES FERNANDO FERNÁNDEZ EIRL reclama liquidación N° 170405729 de julio 2020 por diferencias de Impuesto Primera Categoría año tributario 2017 por $17.412.804. El SII observó que contribuyente presentó declaración formulario 22 sin movimiento, inconsistente con formularios 29 del año comercial 2016 y documentos electrónicos emitidos que acumulaban $71.835.000. SII notificó observaciones mediante notificación, citación y liquidación. Contribuyente alegó que Servicio rechazó arbitrariamente gastos necesarios para funcionamiento, pero no probó afirmaciones ni respondió requerimientos durant
El Código Tributario artículo 21 coloca en cargo del contribuyente la prueba tributaria. Contribuyente no respondió a notificación N° 570109165 ni a citación N° 271304406 pese a oportunidades para subsanar observaciones. La discrepancia entre declaración anual sin movimiento versus formularios 29 y documentos electrónicos constituyó fundamento razonable para liquidación. Aunque contribuyente alegó que SII cuestionó gastos por falta de necesariedad según artículo 31 LIR, en realidad el cuestionamiento fue sobre inconsistencia de ingresos declarados. Contribuyente no acreditó durante fiscalizaci
Se rechaza reclamo tributario interpuesto por TRANSPORTES FERNANDO FERNÁNDEZ EIRL. Se confirma Liquidación N° 170405729 de 15 julio 2020. Se condena en costas al reclamante por falta de motivo plausible para litigar.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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