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Tribunal de la Araucanía
Sociedad Comercial Santa Inés Limitada con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL TEMUCO
Fecha: 11-01-2024 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo por infracción por no emisión de boletas en restaurante. Se confirma multa del 150% y clausura de 4 días por ventas en efectivo sin documentos tributarios.
El 6 de septiembre de 2023, funcionarios del SII fiscalizaron un local de comida al paso en Cunco. Detectaron que el 5 de septiembre se realizaron ventas por $97.500 en efectivo sin emisión de boletas electrónicas. El cuaderno de registro interno del contribuyente mostraba estas ventas, pero el terminal POS de Redelcom solo registraba emisiones por pagos con tarjeta. Los fiscalizadores solicitaron y obtuvieron la emisión de la boleta N°274 por $97.500 y notificaron infracción N°1407763 por artículo 97 N°10 del CT.
El tribunal estableció que corresponde al SII acreditar la infracción mediante prueba pertinente. Se analizó el cuaderno de ventas, los resúmenes de cierre del POS y la declaración del fiscalizador Fernando Bahamonde Flores, concluyendo que existió no emisión de boletas por operaciones en efectivo. El contribuyente no controló efectivamente esos hechos, solo alegó que el cuaderno contenía anotaciones de otras actividades, lo cual fue desvirtuado por el examen del registro. La retención del cuaderno se realizó con anuencia de la dependiente según formulario N°3285, cumpliendo procedimientos. La
Se rechaza la reclamación. Se confirma la notificación de infracción N°1407763 por artículo 97 N°10 del CT. Se aplica multa equivalente al 150% del monto de operación ($97.500) y clausura de 4 días del establecimiento. No se condena en costas, considerando motivo plausible para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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