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Tribunal de los Lagos
CENCOSUD SHOPPING S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL PUERTO MONTT
Fecha: 22-02-2024 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola · Juez: Christian Marcel Allen Rojas
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de Cencosud Shopping por avalúo fiscal de inmueble en Osorno, confirmando decisión del SII de crear Área Homogénea especial y rechazando pretensiones de ajuste por superficie y economías de escala.
Cencosud Shopping S.A. reclama el avalúo fiscal del inmueble rol 121-3 ubicado en Osorno, determinado en reavalúo general 2022. El SII creó un Área Homogénea especial (CAM103) para esta propiedad con valor de $545.870/m² de terreno y rango de superficie de 260-13.050 m². La demandante cuestiona que el SII no se ajustó a la Ley 17.235, que define parámetros de ubicación, urbanización y equipamiento; alega que el rango de superficie favorece arbitrariamente su caso y que no se aplican economías de escala en construcciones.
El tribunal valida la creación de Áreas Homogéneas especiales por el SII conforme a garantía constitucional de igual repartición de tributos (art. 19 N°20 CPR). Rechaza que exista error en confección de tablas de clasificación: la envergadura del mall (13.050 m²) resulta incomparable con propiedades colindantes (máximos de 1.000-3.000 m²), justificando AH especial. Descarta aplicación de coeficientes correctores, diseñados solo para AH con múltiples predios. Sobre economías de escala, sostiene que los costos de construcción del propietario son irrelevantes en tasación; esta debe versar sobre v
Rechaza en todas sus partes el reclamo de avalúo interpuesto por Cencosud Shopping S.A. Confirma el avalúo fiscal fijado por el SII para la propiedad 121-3 de Osorno, válido para primer semestre 2022. Se condena en costas al actor.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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