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Tribunal R. Metropolitana. Tercero
SIEGMUND THEODULOZ con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 27-03-2024 · Materia: Liquidación
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo contra liquidación de diferencia de IR por $30.992.845, determinando que inversiones en fondos mutuos provenían de ahorros del padre fallecido, incluidos en masa hereditaria con impuesto pagado.
Pablo Siegmund Theoduloz realizó inversiones en fondos mutuos por $98.000.000 el 14.11.2013 (operaciones de $95.000.000 y $3.000.000). El SII cuestionó el origen de los fondos en fiscalización AT 2014. El reclamante acredita que los fondos provenían de su padre Horst Siegmund Miethke, quien en estado grave de salud instruyó el rescate de sus ahorros para ser reinvertidos a nombre del hijo, destinados a financiar gastos de enfermedad y fallecimiento paterno. Los $98.000.000 fueron posteriormente incluidos en la masa hereditaria del padre fallecido (enero 2014) y se pagó el impuesto a la herenci
El tribunal establece tres puntos de prueba: (1) origen de los fondos en dineros del padre del reclamante; (2) que las inversiones se realizaron con fondos paternos, no del patrimonio del reclamante; (3) inclusión en masa hereditaria y pago de impuesto a la herencia. La documentación acompañada (carta del padre al Banco Santander, inventario hereditario, formulario 4419, comprobante de pago de impuesto a la herencia) acredita todos los puntos sin objeción de la parte reclamada. Conforme al artículo 21 del Código Tributario, correspondía al reclamante probar sus alegaciones, lo que efectivament
Se acoge el reclamo y se deja sin efecto la Liquidación N° 575 de 28.07.2017. Se declara que no se condena en costas a la reclamada por haber tenido motivos plausibles para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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