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Tribunal del Biobio
CLUB DE LA UNIÓN ASOCIACIÓN SOCIAL Y CULTURAL con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL CONCEPCIÓN
Fecha: 25-04-2024 · Materia: Giro; Resolución · Juez: Javiera Mercedes Bobadilla Orellana
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamación de Club de la Unión contra resolución SII que eliminó exención de impuesto territorial por vicio de fundamentación insuficiente del acto administrativo.
El Servicio de Impuestos Internos emitió Resolución A08.2023.00000129 de 20.01.2023 modificando el giro del impuesto territorial del predio rol 209-09 ubicado en calle Castellón N°560, comuna de Concepción, de $0 a $6.984.240 por semestre, eliminando exención que el Club de la Unión mantenía desde 1979. Consecuentemente se emitieron giros folios 1880209123 y 1880209223 de 31.03.2023. El bien raíz se destina exclusivamente al servicio de un culto (Logia Masónica) y no produce renta. El Club, con RUT 70.211.800-K, es propietario del inmueble.
El Tribunal estimó que la Resolución carece de fundamentación suficiente, limitándose a mencionar un plan de fiscalización, remisión a artículos de la Ley N°17.235 y una visita. La ley exige que los actos administrativos se basten a sí mismos y contengan explicación precisa del razonamiento que conduce a la decisión. El acto adolece de vicio de forma afectando requisito esencial y genera perjuicio grave (privación de exención de 60 años). Se confirmó que se cumplen requisitos para exención: destinación exclusiva a culto y ausencia de producción de renta. Las exenciones tributarias son de derec
Se acoge la reclamación. Se deja sin efecto la Resolución Ex. SII N°A08.2023.00000129 de 20.01.2023 y los Giros Folios 1880209123 y 1880209223 de 31.03.2023. Sin condena en costas.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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