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Tribunal Tarapacá
SII DIRECCION REGIONAL IQUIQUE con RAM SERV. ING. CONST. Y ELET. SPA
Fecha: 20-05-2024 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Mario Segundo Guzmán Cortés
RECHAZA No Ha Lugar
SII sanciona a RAM Servicios por aumento indebido y reiterado de créditos fiscales mediante uso de facturas falsas emitidas por proveedores fantasma, en virtud del artículo 97 N°4 del CT.
RAM Servicios de Ingeniería, Construcción y Electricidad SPA utilizó facturas falsas emitidas por Construcción y Servicios Colorado SPA, Transporte y Construcciones AMD SPA y Construcciones y Servicios Oscar Rojas EIRL durante los períodos mayo 2018 a marzo 2019. El contribuyente registró estas facturas en sus declaraciones F-29 (Impuesto Mensual) para reducir su carga impositiva. Las empresas proveedoras carecían de capacidad técnica, logística e inversión real, sin inventario documentado ni trabajadores registrados. Se verificó que múltiples empresas fantasma compartían el mismo domicilio fi
El tribunal constata que RAM Servicios actuó como receptor de facturas falsas provenientes de emisores agresivos de IVA identificados como facilitadores. Mediante análisis de direcciones IP, registros de compras ausentes, inexistencia de trabajadores declarados en formularios 1879 y 1887, y ausencia de patente municipal, se acreditó la inexistencia real de las operaciones. El contribuyente declaró crédito fiscal CEEC que, combinado con las facturas falsas, permitía minimizar los pagos mensuales de impuestos. La conducta constituye aumento indebido y reiterado del importe real de créditos fisca
Se acoge la denuncia del SII y se sanciona a RAM Servicios conforme al artículo 97 N°4 inciso II del Código Tributario por aumento indebido y reiterado de créditos fiscales. Se ordena la determinación de la sanción según procedimiento legal.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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