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Tribunal Tarapacá
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION NACIONAL y otro con TRANSP. DE CARGA POR CARRETERA MARIA ANA RIQUELME
Fecha: 24-05-2024 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Lucy Gabriela Olivares Vicentelo
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal confirma sanción a empresa de transporte por utilizar 9 facturas electrónicas falsas para aumentar créditos fiscales de IVA en 2019, imponiéndole multa de $14.871.017.
Transportes de Carga por Carretera María Ana Riquelme Isella EIRL utilizó 9 facturas electrónicas falsas facilitadas por Carlos Gustavo Rojas Cantillana, emitidas por empresas sin capacidad operativa ni personal. Estas facturas fueron registradas entre enero y diciembre de 2019 para aumentar indebidamente los créditos fiscales de IVA a fin de disminuir los débitos fiscales que debía enterarse al fisco. Las facturas carecían de respaldo de operaciones reales y los emisores no tenían condiciones materiales para prestar los servicios indicados.
El tribunal analiza que las facturas son ideológicamente falsas conforme a la Circular N°93 del SII. Se constata que los contribuyentes emisores no informaban trabajadores, presentaban baja relación débito-crédito fiscal, utilizaban domicilios no comerciales, y sus débitos eran cubiertos con créditos inexistentes. El artículo 23 N°5 de la Ley de IVA prohíbe el crédito fiscal en facturas falsas. Se acredita que el denunciado utilizó estas facturas fraudulentas sabiendo de su falsedad, aumentando indebidamente el crédito fiscal en relación a los débitos fiscales adeudados, incurriendo así en la
Se confirma el acta de denuncia N°3 de 7 de marzo de 2024. Se aplica multa de $14.871.017 equivalente al 100% del perjuicio fiscal de IVA causado, monto mínimo permitido por el artículo 97 N°4 inciso II del Código Tributario. La multa será girada por el SII una vez que la sentencia se encuentre firme y ejecutoriada.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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