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Tribunal R. Metropolitana. Tercero
INVERSIONES DOS VOLCANES LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 31-05-2024 · Materia: Resolución · Juez: Dora Luisa Bastía Santander
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo de Inversiones Dos Volcanes Limitada contra denegación de devolución de Pagos Provisionales por Utilidades Absorbidas (PPUA) por $150.137.918 correspondiente a AT 2016, confirmando Resolución N°1246/2017 del SII.
Inversiones Dos Volcanes Limitada presentó declaración anual de Impuesto a la Renta para AT 2016 solicitando devolución de $150.137.918 por concepto de Pagos Provisionales por Utilidades Absorbidas. El SII emitió Resolución N°1246 de 08.05.2017 denegando la petición aduciendo que la contribuyente no aportó documentación requerida ni acreditó pérdida tributaria, origen de utilidades ni créditos por PPUA. La contribuyente dedujo reclamo tributario en procedimiento general de reclamaciones contra esa resolución.
El tribunal concluyó que conforme a normativa vigente, peticiones de devolución no constituyen materia de procedimiento general de reclamación, por lo que solo podía revisar legalidad de la resolución administrativa basándose en mérito de antecedentes allí aportados. Se comprobó que la contribuyente no aportó ante el SII la totalidad de documentación solicitada para subsanar observaciones de su declaración. En relación con dietas de directores, servicios legales, comisiones bancarias y ajustes por diferencias cambiarias, los registros contables carecían de Libros Diarios que los sustentaran y
Se rechaza íntegramente el reclamo de 24.08.2017 y se confirma la Resolución Exenta N°1246 de 08.05.2017 del SII. No se condena en costas a la reclamante por estimarse motivos plausibles para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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