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Tribunal de Magallanes y Antártica Chilena
Carreño Maureira con SII Dirección Regional Punta Arenas
Fecha: 11-07-2024 · Materia: Liquidación · Juez: Sergio del Carmen Vera Aparicio
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza vicio de incompetencia en liquidación de IGC a accionista por pagos de sociedad relacionada, aplicando Circular 53/2002 sobre fiscalización de socios.
Nina Pamela Carreño Maureira, accionista de Importadora Terra Australis S.A. (Punta Arenas), fue liquidada por IGC 2016 por $12.290.400 más reajustes. La liquidación incluyó $39.669.000 en pagos realizados por la sociedad a través de la cuenta 'Transporte de Personal Limitada'. El SII (Dirección Regional Punta Arenas) emitió la liquidación siendo domiciliada la accionista en Vitacura, Región Metropolitana. Se interpuso recurso de reposición que fue resuelto dentro del plazo legal.
El tribunal analiza la competencia territorial del SII, concluyendo que aunque la regla general exige que la fiscalización corresponda a la Dirección Regional del domicilio del contribuyente, existe excepción aplicable en la Circular 53/2002 para casos donde se liquida a socios tras liquidación a la sociedad. Aunque la Circular 41/2015 estableció nuevas reglas de extraterritorialidad, no derogó la Circular 53/2002. El tribunal determina que la Dirección Regional de Punta Arenas actuó competentemente al aplicar el artículo 42 del DFL 7/1980 en relación con instrucciones de Circular 53/2002, rad
Se rechaza el vicio de incompetencia alegado. Se acoge parcialmente el reclamo respecto a la exclusión de la partida de $39.669.000, considerando que debe excluirse por ser ingresos tributados con renta presunta en la empresa de transporte que no generan obligación de IGC para la accionista.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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