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Tribunal R. Metropolitana. Primero
Maderas Jaime Venturelli y Cía. Ltda. en Proc. Con con XIII DIRECCIÓN REGIONAL SANTIAGO CENTRO
Fecha: 17-07-2024 · Materia: Giro · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
RECHAZA No Ha Lugar
Reclamo de Maderas Jaime Venturelli contra giro de $430.553.583 por diferencias de impuestos (renta e IVA) período septiembre 2019, cuestionando procedimiento de fiscalización y aplicación de giro inmediato.
La sociedad Maderas Jaime Venturelli y Compañía Limitada en procedimiento concursal de liquidación recibió giro folio 2115493-8 del 4 de noviembre de 2019, notificado el 10 de marzo de 2020, por $430.553.583 en diferencias de impuestos (retenciones, rentas y tasa general IVA) respecto formulario 29 de septiembre 2019 presentado fuera de plazo. La empresa se encontraba en liquidación desde noviembre 2019 y el liquidador solicitó información mediante ley de transparencia, descubriendo inconsistencias en la documentación entregada por SII.
El tribunal reconoce la titularidad del liquidador para presentar reclamo conforme artículo 36 de la Ley 20.720 y artículo 124 del Código Tributario. Determina competencia de Tribunales Tributarios y Aduaneros de la Región Metropolitana al haber sido notificado el giro el 10 de marzo de 2020 cuando el domicilio era Las Condes. Identifica que el giro se emitió conforme artículo 24 inciso 4° del Código Tributario como giro inmediato por impuestos de recargo no declarados oportunamente, en base a sumas contabilizadas. El reclamante cuestiona infracción a artículo único de Ley 18.320 respecto proc
El fallo se encuentra en fase de discusión y análisis de las defensas presentadas. Se documenta el análisis de jurisdicción competente, titularidad del liquidador y causales de giro inmediato, iniciándose evaluación de infracción a Ley 18.320.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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