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Tribunal R. Metropolitana. Primero
CRUZADOS SADP con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL STGO ORIENTE
Fecha: 22-07-2024 · Materia: Resolución · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
ACOGE Ha Lugar
Cruzados SADP reclama rechazo de devolución de PPM por utilidades absorbidas del AT 2017, alegando doble tributación por utilidades del CDF recibidas vía mandato sin representación de ANFP. SII rechaza por falta de oportunidad en acreditación del mandato.
Cruzados SADP, concesionario del Club Universidad Católica, solicitó devolución de $483.380.595 por PPM de utilidades absorbidas (AT 2017) y reconocimiento de pérdida tributaria de $4.808.891.776. Alegó haber recibido utilidades del CDF a través de mandato sin representación otorgado por clubes a ANFP. SII rechazó mediante Res. Ex. 1840/2020, argumentando que el mandato solo le fue oponible desde el 12.06.2017 (anotación marginal) y que la rendición de cuentas de 09.01.2018 no puede tener efectos retroactivos para absorber utilidades generadas antes de dicha fecha.
El tribunal debe resolver si el SII podía rechazar la devolución basándose en la supuesta inoponibilidad temporal del mandato sin representación. El reclamante argumenta que el art. 28 CT no exige acreditar el encargo fiduciario en momento determinado, solo probar efectividad, condiciones y monto; que el SII conocía del mandato desde 2013 (sentencia rol 10205-05); que la rendición de cuentas fue mensual durante 2016 y ratificada en 2018; y que la interpretación del SII viola reglas de hermenéutica legal. El SII sostiene que sin la formalidad de publicidad (anotación marginal 12.06.2017), el ma
El texto corresponde a la fase de discusión (alegaciones de las partes). No consta la parte resolutiva del fallo, por lo que no es posible determinar qué resolvió el tribunal.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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