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Tribunal del Biobio
CONSTRUCTORA MISAEL ANTONIO RIQUELME ORTIZ EIRL con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS VIII DR CONCEPCION
Fecha: 06-08-2024 · Materia: Liquidación
RECHAZA Confirmatorio No Ha Lugar
Se rechaza el reclamo tributario contra las Liquidaciones N°428 y 429 del año 2016. El tribunal confirma la tasación de renta mínima presunta conforme al artículo 35 LIR, por insuficiencia de documentación de respaldo aportada por la contribuyente.
La Constructora Misael Antonio Riquelme Ortiz E.I.R.L declaró pérdida tributaria en 2016. Durante la auditoría (2018-2019), el SII requirió documentación de respaldo de gastos. La contribuyente aportó libros contables pero sin documentación suficiente para acreditar deducciones de remuneraciones, gastos de operación y otras partidas. El SII aplicó tasación de renta mínima presunta con un porcentaje de 14,39% sobre ventas netas de 2015, generando las Liquidaciones N°428 (Impuesto Único artículo 21) y N°429 (Reintegro artículo 97). La contribuyente interpuso recurso administrativo (desestimado)
El tribunal sostiene que el contribuyente tiene carga probatoria según artículo 21 Código Tributario para acreditar sus declaraciones con documentación fidedigna. La aplicación del artículo 35 LIR (tasación de renta mínima presunta) es procedente cuando no puede determinarse clara y fehacientemente la renta líquida imponible por falta de antecedentes. La jurisprudencia de la Corte Suprema establece que la tasación no es meramente formal, sino que requiere fundamentación y consideración de buena fe de los antecedentes aportados. En el caso, la contribuyente presentó documentación incompleta, il
Se rechaza el reclamo tributario interpuesto. Se confirman las Liquidaciones N°428 de Impuesto Único artículo 21 LIR y N°429 de Reintegro artículo 97 LIR, ambas de 24.07.2019, correspondientes al año tributario 2016. No se condena en costas.
Artículos citados:
IA con citas verificables · 11.247 fallos del Tribunal Tributario y Aduanero · 6.567 oficios, circulares y resoluciones del SII
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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