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Tribunal L.G.B. Ohiggins
Rental King Limitada con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL RANCAGUA
Fecha: 06-09-2024 · Materia: Giro · Juez: Gonzalo Hernán Trabucco González
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo de Rental King contra giro por impuesto a aeronave (Ley 21.420) al declarar nulo el acto por falta de reglamento que la ley exigía para verificar la afectación del bien.
Rental King Limitada es propietaria de un helicóptero Robinson R66 (matrícula CC-ATO), tasado en $685.240.000. El SII emitió giro folio 8732079 del 12 de abril de 2023 por $13.951.486, aplicando impuesto del 2% conforme al artículo 9 de la Ley 21.420. La empresa reclama por vicios de ilegalidad, argumentando que el giro se emitió sin considerar la exención para bienes indispensables para el giro, por falta del reglamento que la ley exigía, y por arbitrariedad en la determinación del precio corriente en plaza.
El tribunal estima que el artículo 9 de la Ley 21.420 requería la dictación de un reglamento para establecer la forma de verificar la afectación de los bienes, requisito que no se cumplió. La ley utilizó la fórmula específica de que el reglamento "establecerá la forma de verificar la afectación", lo que implica que sin tal reglamento no puede haber afectación válida. Al actuar el SII sin el reglamento previo, incurrió en un proceder fuera de la ley que vulnera el principio de juridicidad consagrado en los artículos 6° y 7 de la Constitución. La base imponible no fue establecida en la ley, sino
Se acoge el reclamo y declara la nulidad del Giro folio 8732079, dejándolo sin efecto para todos los efectos legales. Sin costas, cada parte carga con las suyas. Se ordena al SII realizar todos los actos necesarios para dejar sin efecto los avalúos y contribuciones derivadas.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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