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Tribunal R. Metropolitana. Tercero
SODEXO INVERSIONES SA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 31-03-2025 · Materia: Liquidación · Juez: Álvaro Ernesto Gómez Fuentes
RECHAZA No Ha Lugar No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de Sodexo Inversiones contra liquidaciones tributarias por falta de acreditación de gastos de depreciación y costos, sin respaldo documental suficiente.
Sodexo Inversiones S.A. (RUT 79.556.490-K) reclamó contra Liquidaciones N°393, N°394 y N°395 de 27.07.2012 emitidas por el SII XV DRM Santiago Oriente, por monto de $2.312.393.807 más reajustes e intereses. La sociedad prestaba servicios de administración a empresas del grupo Sodexo con contratos que establecían remuneración basada en ventas operacionales (5,5% más IVA) y posteriormente aumentada a costo más porcentaje (8% y 12% más IVA). Cuestionó la determinación de pérdidas tributarias y deducción de gastos, particularmente depreciación de activos fijos y costos de servicios de los ejercici
El tribunal analizó la acreditación de la depreciación del activo fijo conforme al artículo 31 N°5 de la Ley sobre Impuesto a la Renta. Determinó que la reclamante no acompañó facturas u órdenes de compra respaldatorias de bienes adquiridos entre 1994 y 2006, por lo cual los libros auxiliares de activo carecen de respaldo documental. La prueba testimonial resultó insuficiente: un testigo revisó solo el 80% de facturas, otro no trabajaba en tributación durante el período y otro ingresó a la empresa en 2017. Rechazó la alegación de vulneración de derechos (artículo 8 bis CT) por ser improcedente
Se rechaza el reclamo. Se confirman íntegramente las Liquidaciones N°393, N°394 y N°395 de 27.07.2012. No se condena en costas por existir motivos plausibles para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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