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Tribunal Atacama
ARAYA ARAYA con SII-DIRECCION REGIONAL ATACAMA
Fecha: 11-07-2013 · Materia: Liquidación
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo contra liquidaciones de impuestos de primera categoría e IGC por omisión de ingresos no declarados, determinando que corresponde al contribuyente acreditar sus declaraciones según sistema de autodeclaración.
Luis Alberto Araya Araya fue notificado el 15 de noviembre de 2012 con liquidaciones N°113 (primera categoría) y N°114 (IGC) por $13.094.697 del año tributario 2012. Auditoría del SII detectó ingresos no declarados de $25.116.500 percibidos el 13 de octubre de 2011 por contrato de opción de compra minera. Reclamante alega que no se consideraron provisión de gastos de $520.000.000 por arriendo de maquinaria y deducción de provisión de ingresos de $750.000.000 por venta de sílice, lo que habría arrojado renta líquida imponible negativa.
El tribunal reconoce que Chile utiliza sistema de autodeclaración donde contribuyentes son responsables de determinar correctamente su renta líquida imponible conforme al artículo 31 de la LIR. La omisión de provisiones constituye error propio del contribuyente, no de la administración. Conforme artículo 127 CT, la rectificación de errores debe solicitarse conjuntamente con la reclamación, lo que no ocurrió aquí. La prueba rendida es insuficiente pues faltaron documentos sustentadores (contratos, facturas) y solo se aportaron registros contables parciales. Los testigos no acreditaron pertinenc
Se rechaza la reclamación deducida por Verónica Alvárez Muñoz en representación de Luis Alberto Araya Araya. Se dejan a firme las liquidaciones N°113 y 114 de 15 de noviembre de 2012. No se condena en costas.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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