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Tribunal de la Araucanía
INMOBILIARIA PROVIDENCIA LTDA. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL TEMUCO
Fecha: 15-05-2025 · Materia: Giro · Juez: Orlando Iván Cuevas Reyes
ACOGE Ha Lugar
Inmobiliaria Providencia Ltda. reclama giros de sobretasa de impuesto territorial años 2019-2022, argumentando que propiedades transferidas durante esos años no debieron incluirse en la base de cálculo.
Inmobiliaria Providencia Limitada (RUT 76.436.091-5) reclamó los giros de sobretasa de impuesto territorial emitidos por el SII para los años 2019, 2020, 2021 y 2022 (folios 9398203, 9411435, 9432557 y 9450039). La empresa argumentó que la base imponible consideró propiedades que fueron transferidas durante esos años: 9 propiedades en 2019, 61 en 2020, 28 en 2021 y 100 en 2022, cuya venta debió excluirlas del cálculo de la sobretasa. El SII sostuvo que la determinación se basó en información disponible al 31 de diciembre de cada año según registros de su página web, independientemente del dest
El tribunal debió analizar si la sobretasa de impuesto territorial conforme al artículo 7 bis de la Ley N° 17.235 debe calcularse incluyendo propiedades transferidas durante el año o solo aquellas poseídas al cierre del ejercicio. El SII argumentó que la base imponible se determina por la suma de avalúos de bienes raíces asociados al RUT del contribuyente al 31 de diciembre del año anterior, independientemente del destino de los bienes, y que cualquier modificación debe solicitarse mediante petición administrativa ante el Departamento de Avaluaciones. La reclamante sostuvo que como inmobiliari
Se requiere revisar el texto completo del resolutivo en el fallo para determinar si acogió o rechazó el reclamo y bajo qué considerandos finales el tribunal resolvió la controversia respecto a la inclusión de propiedades transferidas en la base de cálculo de la sobretasa.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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