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Tribunal R. Metropolitana. Primero
ADMINISTRADORA E INVERSIONES P y H LTDA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL STGO NORTE
Fecha: 08-08-2025 · Materia: Giro
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo contra giro de impuesto al lujo por avión Cessna, estimando que falta reglamento reglamentario y que la aeronave califica para exención por ser activo fijo destinado a transporte aéreo comercial.
Administradora e Inversiones P&H Ltda. fue notificada mediante giro N° 9622931 por concepto de impuesto anual sobre avión Cessna modelo 525A, matrícula CCDPH, con precio corriente en plaza de $3.616.750.000 e impuesto de $73.275.355. La empresa desarrolla actividades de transporte aéreo de carga y pasajeros, registrando el avión como activo fijo en su contabilidad. Presentó facturas y bitácora de vuelos acreditando su uso comercial durante 2023.
El tribunal estimó que la Ley N° 21.420 requiere reglamento del Ministerio de Hacienda para establecer la forma de verificación de la afectación de bienes al impuesto al lujo, conforme al inciso final del artículo 9°. La empresa acreditó mediante prueba documental y testimonial que cumple con los requisitos del inciso 5° del artículo 9° para la exención: propiedad de la aeronave, actividades gravadas de primera categoría según artículos 20 N° 1, 3, 4 y 5 de la LIR, integración como activo fijo, destino efectivo al transporte aéreo, e indispensabilidad para el giro. Las facturas y bitácora de v
Se acogió el reclamo dejando sin efecto el giro N° 9622931 por ausencia de reglamento y por acreditarse la procedencia de la exención contenida en el artículo 9 de la Ley N° 21.420. No se condenó en costas a la parte vencida por tener motivo plausible para litigar.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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