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Tribunal de Magallanes y Antártica Chilena
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL PUNTA ARENAS con Ojeda Ampuero y otro
Fecha: 18-08-2025 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Sergio del Carmen Vera Aparicio
ACOGE Ha Lugar
Se confirma denuncia contra Ojeda Ampuero y EA Renta Equipos SpA por usar facturas falsas para aumentar indebidamente crédito fiscal de IVA y gastos de renta, imponiendo multas del 100% del perjuicio fiscal.
El contador Carlos Muñoz Ojeda, teniendo acceso a certificados digitales de clientes sin su consentimiento, emitió facturas electrónicas falsas sin operaciones reales. Estas facturas fueron recepcionadas por Andrés Ojeda Ampuero y EA Renta Equipos SpA entre 2018 y 2020 para aumentar crédito fiscal de IVA y deducir gastos ficticios en impuesto a la renta. Los emisores involuntarios declararon desconocer las operaciones y nunca haber transado con los receptores. Los denunciados se allanaron a la acusación.
El tribunal acreditó mediante prueba documentada y declaraciones juradas que los denunciados actuaron maliciosamente al registrar en su contabilidad facturas ideológicamente falsas, sabiendo que no correspondían a operaciones reales. La ausencia de documentación de respaldo, el desconocimiento mutuo entre supuestos prestadores y receptores, y los montos significativos sin lógica comercial demuestran el propósito fraudulento. El allanamiento de los denunciados constituye confesión judicial que produce plena prueba de los hechos. No concurren circunstancias atenuantes, pero se aplicó multa mínim
Se confirma acta de denuncia por infracción art. 97 N°4 inciso segundo CT. Se condena a Andrés Ojeda Ampuero a multa de $14.320.379 (100% del perjuicio) y a EA Renta Equipos SpA a multa de $14.085.708 (100% del perjuicio), ambas reajustables según art. 53 CT. Se exime de costas a los condenados.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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