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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
FORUS SA con SII DIRECCIÓN DE GRANDES CONTRIBUYENTES
Fecha: 20-02-2026 · Materia: Liquidación; Resolución · Juez: Cristhian Eduardo Navarrete Cottet
PARCIAL Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge reclamo de FORUS contra liquidación de SII por rechazo de deducción de goodwill generado en fusiones de 2013, estimando que el SII exigió requisitos no contemplados en artículo 31 N°9 LIR.
FORUS S.A., empresa de retail de calzado y vestuario, adquirió en 2013 el 100% de acciones de Sieteveinte S.A. y BBG Chile S.A., generando goodwill por $6.388.295.072 y $2.063.935.230 respectivamente. El SII rechazó la deducción de las cuotas de amortización anual del goodwill en liquidación N°208/2016 y resolución N°232/2016, requiriendo que el gasto fuese "inevitable y obligatorio" y justificara las razones de la compra.
El tribunal analiza que el artículo 31 N°9 LIR vigente a la fecha de las fusiones establece un procedimiento imperativo de cálculo para distribuir la diferencia entre precio de adquisición y capital propio, sin exigir que el gasto sea inevitable u obligatorio ni justificar motivaciones económicas. La jurisprudencia y doctrina reconocen el principio de economía de opción para estructurar operaciones comerciales. El SII no aplicó norma antielusión vigente en 2013 (Ley 20.780 rige desde 30/09/2015). Los actos administrativos contienen fundamentación suficiente, pero erran al añadir requisitos no
Se acoge el reclamo dejando sin efecto liquidación N°208/2016 y resolución N°232/2016. Se declara la procedencia de la deducción de amortización de goodwill generado en fusiones de 2013, ordenando devolución de $2.172.450.992 más reajustes para AT 2016.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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