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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
SOCIEDAD DE INVERSIONES PAMPA CALICHERA SA con SII DIRECCIÓN DE GRANDES CONTRIBUYENTES
Fecha: 30-12-2021 · Materia: Liquidación; Resolución · Juez: Cristhian Eduardo Navarrete Cottet
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de Pampa Calichera contra resolución del SII que prorratea gastos de uso común entre rentas gravadas, exentas y no constitutivas de renta, por años tributarios 2008-2010.
Sociedad de Inversiones Pampa Calichera S.A. declaró pérdidas tributarias para los años 2008, 2009 y 2010, solicitando devoluciones de impuestos. El SII cuestionó mediante Citación N°13 la deducibilidad de gastos, particularmente intereses de bonos vinculados a financiamiento de acciones de SQM. La sociedad alegaba que los gastos estaban asociados exclusivamente a rentas gravadas y dividendos exentos, no a ventas de acciones bajo artículo 107 LIR. El SII emitió Resolución Exenta 17.000 N°66/2011 y Liquidaciones N°15 y 16 del 29 de abril de 2011, prorratando gastos entre ingresos gravados, exen
El tribunal estableció que la sociedad percibió rentas afectas a Primera Categoría, rentas exentas por dividendos de SQM e ingresos no constitutivos de renta por ventas de acciones Serie B. Los costos y gastos no estaban asociados exclusivamente a rentas gravadas, sino también a rentas exentas e ingresos no renta. Conforme al artículo 31 LIR, los gastos deben estar asociados exclusivamente a rentas gravadas con Primera Categoría para ser deducibles. El artículo 33 N°1 letra e) LIR exige que gastos imputables a ingresos no reputados renta o rentas exentas se rebajen de los beneficios que dichos
Se rechaza el reclamo presentado por Sociedad de Inversiones Pampa Calichera S.A. contra la Resolución Exenta 17.000 N°66/2011 y Liquidaciones N°15 y 16 del 29 de abril de 2011, confirmándose estas resoluciones. Cada parte paga sus propias costas.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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