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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
PADECASA AGENCIA EN CHILE con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL STGO ORIENTE
Fecha: 01-04-2026 · Materia: Resolución · Juez: Cristhian Eduardo Navarrete Cottet
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo contra resolución que denegó devolución de IVA pagado en exceso por no acreditar la incidencia de modificaciones al remanente de crédito fiscal ni el derecho a los créditos fiscales declarados en los períodos objetados.
PADECASA solicitó devolución de $118.621.030 por IVA pagado en exceso en períodos 10/2016 y varios de 2017, alegando cambios en remanente de crédito fiscal detectados durante fiscalización iniciada en 2015. La fiscalización se extendió por años, revisando IVA y Renta. En 2021 presentó petición administrativa de devolución. El SII rechazó por extemporaneidad conforme al artículo 126 del Código Tributario, estimando vencido el plazo de 3 años desde la declaración y pago en F29.
El Tribunal estableció que la reclamante no acreditó que la modificación del remanente de crédito fiscal de febrero 2016 tuviera incidencia en los períodos objetados (octubre 2016, febrero, abril, mayo, junio, septiembre y octubre 2017). No se aportaron F29 completos de todos los períodos intermedios, ni libros de compras y ventas, ni facturas ni respaldos. Tampoco se acreditó el cumplimiento de los requisitos de los artículos 23 N°1 y 25 de la Ley de IVA para el derecho a crédito fiscal. Sin estos antecedentes, resulta imposible establecer la procedencia del pago en exceso alegado. La falta d
Se rechaza íntegramente el reclamo, confirmándose la Resolución Exenta N°57 de 7 de enero de 2022 de la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del SII. Cada parte pagará sus propias costas.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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