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Tribunal R. Metropolitana. Primero
ATACAMA DRIED FRUIT con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL STGO ORIENTE
Fecha: 20-04-2026 · Materia: Resolución
ACOGE Ha Lugar
Se acogió reclamo de exportadora de frutas secas contra retención de devolución de IVA exportador por $123.391.402 del período mayo 2023, al acreditarse materialidad de operaciones y entero del impuesto.
Atacama Dried Fruit SpA, exportadora de frutas secas, solicitó devolución de IVA exportador por $298.044.981 (formulario 3600, período mayo 2023). El SII otorgó parcialmente $174.653.579, reteniendo $123.391.402. El SII objetó facturas de proveedores Exportadora Tres Amigos Ltda. e Ignacio Padilla SpA, cuestionando trazabilidad, origen de productos y diferencias entre cantidades compradas y procesadas. La reclamante presentó reposición administrativa que fue acogida parcialmente, sin modificar el rechazo de las facturas cuestionadas.
El tribunal evaluó tres puntos de prueba: veracidad del pago, existencia y materialidad de operaciones, y entero del IVA en arcas fiscales. La reclamante acreditó mediante transferencias electrónicas individualizadas para pago de IVA, Formularios 29 de proveedores, facturas, guías de despacho, contratos y documentación contable. El tribunal consideró que los requisitos del artículo 23 N°5 del DL 825 fueron cumplidos. El SII no rindió prueba específica que desvirtuara la documentación aportada. El tribunal concluyó que la prueba debe apreciarse conjuntamente, no fragmentariamente, y que los fun
Se acogió el reclamo y se dejó sin efecto la Resolución Exenta N°2153 en la parte que rechazó la devolución. Se declaró derecho a devolución de $123.391.402 más reajustes legales. No se condenó en costas al SII por tener motivos plausibles para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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