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Tribunal del Maule
TORO ROCA con SII DIRECCIÓN REGIONAL TALCA
Fecha: 04-10-2013 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT
ACOGE Ha Lugar
Tribunal anula infracción por no emisión de factura de reparación vehicular, al no acreditarse que el servicio se prestó efectivamente ni que se recibió pago alguno.
Toro Roca, mecánico con taller en Linares, recibió una camioneta Fiat de Contreras Ponce el 15.03.2012 para reparación. El 14.08.2012 emitió un certificado cotizando reparación de motor por $600.000. El vehículo fue retirado en enero 2013. Contreras Ponce denunció el 19.02.2013 por no haber recibido factura. SII cursó infracción el 14.03.2013 por no emisión de factura. Toro Roca emitió factura N°564 durante fiscalización, bajo presión de la fiscalizadora. Rectificó declaración de impuestos y solicitó condonación.
El Tribunal analiza si se configura la infracción del artículo 97 N°10 del CT. Concluye que de la prueba rendida no se acredita debidamente que la reparación se efectuó ni que se pagó el monto de $600.000. El certificado de 14.08.2012 solo constata que el vehículo estuvo en taller, pero no prueba que la reparación se realizó. Las declaraciones de testigos dan cuenta solo del acto de fiscalización, no de los hechos de la infracción. No se acreditó compra de repuestos necesarios con anterioridad a enero 2013. La factura N°564 fue emitida bajo presión de la fiscalizadora, no espontáneamente. Por
Acoge reclamación y anula Notificación de Infracción N°992931 de 14.03.2013. No condena en costas a SII por estimarse que tuvo motivos plausibles para litigar.
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