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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
FROIMOVICH HES y otro con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 13-11-2013 · Materia: Artículo 19 Nº 24 CPR
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza por extemporánea acción de vulneración de derechos por negativa del SII de autorizar devolución de impuestos en plazo legal, desestimando teoría de omisión permanente.
Stephanie Froimovich Hes, socia de Inmobiliaria Sucre Limitada, presentó declaración de renta año tributario 2012 el 26 de abril de 2012, solicitando devolución de $526.395.312 por reliquidación de Impuesto Global Complementario por término de giro. La sociedad había pagado $2.222.114.262 por concepto de término de giro el 28 de febrero de 2012. El SII envió observaciones en mayo y junio de 2012, pero transcurrió más de 13 meses sin autorizar ni liberar la devolución. La reclamante interpuso acción de vulneración de derechos el 21 de junio de 2013.
El tribunal reconoce que el SII debía autorizar o liberar la devolución dentro de 30 días desde la presentación de la declaración, conforme artículo 97 de la LIR. Se constata que las observaciones fueron comunicadas fuera de este plazo. Sin embargo, rechaza la teoría de omisión permanente invocada por la reclamante, estableciendo que el plazo de 15 días hábiles del artículo 155 del CT para interponer reclamo es objetivo y debe contarse desde el vencimiento del plazo de 30 días del artículo 97. El tribunal concluye que la acción fue interpuesta extemporáneamente, pues debió presentarse dentro d
Se rechaza la acción de vulneración de derechos por extemporánea. Se condena en costas a la reclamante por ser totalmente vencida.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
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El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
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Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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