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Tribunal de los Lagos
INMOBILIARIA AVILA Y FELLAY LIMITADA con SII DIRECCIÓN REGIONAL PUERTO MONTT
Fecha: 14-02-2014 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola
ACOGE Ha Lugar Modificatorio
Tribunal acoge reclamo de avalúo de bien raíz: elimina clasificación de sitio eriazo y sobretasa por falta de urbanización definitiva de obras.
Inmobiliaria Ávila y Fellay Limitada reclama el reavalúo del inmueble Rol N°101-043 ubicado en Esperanza Lote G1-B, San Pablo. El terreno fue adquirido en septiembre de 2011 a $98.400.000. En 2013, el SII lo reavalúa en $729.308.000 y lo clasifica como sitio eriazo no agrícola, aplicando sobretasa del 100%. El contribuyente contaba con permiso de edificación municipal de octubre 2012 para construir 137 viviendas y había iniciado obras. Alega error en clasificación, pues el terreno estaba en proceso de urbanización y construcción, no abandonado.
El tribunal analiza que la sobretasa del artículo 8 de la Ley 17.235 solo procede en áreas urbanas completamente urbanizadas, requiriendo la recepción definitiva total o parcial de obras de urbanización. Distingue entre 'Permiso de Edificación' y 'Permiso de Urbanización' conforme a la Ordenanza de Urbanismo y Construcciones. Concluye que el lote se encuentra en categoría 'urbanizable' (dentro del plano regulador pero sin urbanización completada), donde no rige la sobretasa. Sostiene que la finalidad de la sobretasa es sancionar el abandono de propiedades, situación inexistente aquí pues el ac
Acoge el reclamo en todas sus partes. Elimina la calificación de sitio eriazo y deja sin efecto la sobretasa. Fija la contribución total a pagar en $2.233.506 pesos para primer semestre 2013. Exime del pago de costas al SII por tener motivo plausible para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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