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Tribunal de los Rios
FERNANDEZ ULLOA con SII REGION DE LOS RIOS
Fecha: 17-02-2014 · Materia: Liquidación
RECHAZA No Ha Lugar Revocatorio
Tribunal rechaza reclamo de agricultor contra liquidaciones tributarias por excedentes de cooperativa, confirmando que deben tributar en Primera Categoría conforme artículo 17 N°4 DL 824.
Miguel Ángel Fernández Ulloa, agricultor, reclama contra liquidaciones N° 17856-17867 y Resolución Exenta N°2612 emitidas por SII el 28 de agosto de 2013, por concepto de tributación de excedentes repartidos por cooperativa Colun correspondientes a operaciones con socios de los años tributarios 2010-2012. Alega cambio de criterio del Servicio entre Oficio N°549 de 2008 y N°1397 de 2011, sosteniendo que los excedentes están exentos por ley de cooperativas.
El Tribunal analiza que no existió cambio de criterio respecto a tributación de cooperados según Oficio 549 de 2008, que sólo se refería a cooperativas. El Oficio 1397 de 2011 modifica interpretación sobre tributación de cooperativas, no de cooperados. Se concluye que artículos 17 N°4 DL 824 y 52 Ley General de Cooperativas deben armonizarse: los excedentes por operaciones habituales deben contabilizarse como renta bruta y tributan en Primera Categoría. La ley de cooperativas no deroga tácitamente el DL 824. Se rechaza argumento sobre principio de no gravar aumentos de capital, que es situació
Se rechaza reclamo tributario interpuesto por Fernández Ulloa contra liquidaciones N° 17856, 17857, 17858, 17859, 17867 y Resolución Exenta N°2612. Se confirman dichos actos. No se condena en costas por estimarse motivos plausibles para litigar.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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